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Situación de refugiados

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Abordamos este tema a propósito del conversatorio "El derecho a trabajar de los refugiados y de las personas solicitantes del estatus de refugio en Ecuador", que se realizó el 29 de enero de este año en FLACSO Ecuador. Nuestros invitados fueron Giovanna Tipán, Directora de la Unidad de Gestión de Movilidad Humana del GAD de Pichincha, y Ahmed Correa, profesor asociado de FLACSO Ecuador. Aquí les compartimos algunas declaraciones que hicieron nuestros invitados...

 

Giovanna Tipán

"El número de refugiados es de 60 mil, reconocidas oficialmente, pero hay 160 mil personas que cada tres meses tienen que renovar su documento como solicitantes de refugio". Giovanna también detalló sobre las visas MERCOSUR, que se entregan de manera más ágil a las personas que solicitan refugio.

Ahmed Correa

Si bien hubo normativas favorables en políticas en materia de refugio, sin embargo, hay un retroceso. "El 2010 entró en vigencia el Decreto Ejecutivo 1182, que es la norma vigente que regula el acceso a la condición de refugiado. Es un retroceso por varias cuestiones: eliminaba los criterios ampliados de la Declaración de Cartagena, como elementos de elegibilidad, establecía una figura de pre-elección con funcionarios específicos para poder acceder al procedimiento; establecía la loca idea de un término de 15 días para solicitar la condición de refugiados una vez ingresado al país. Afortunadamente el Tribunal Constitucional ecuatoriano, recientemente, respondió a dos acciones de inconstitucionalidad que se presentaron y reconoció la inconstitucionalidad parcial del Decreto Ejecutivo. Esto ha sido manejado con mucha discreción, una norma que emite el Presidente de la República asesorado, según se sabe, por el Ministerio Coordinador de Seguridad. Pero el Tribunal dice que es inconstitucional parcialmente".

Foto: Xavier Macas.

 

 

 
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