LEGITIMIDAD Y LEGALIDAD TERRITORIAL DE LA COMUNA ANCESTRAL SAN JACINTO DEL PINDO

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Por: Andrea Katrinne Perez Tarqui

En la provincia amazónica de Pastaza, en los cantones de Mera y Pastaza existe la comuna ancestral San Jacinto del Pindo, Originaria de la Tribu Indígena de Puyo. Se reconocen así mismo como un territorio ancestral habitado por descendientes de los primeros 74 nativos kichwas, que antiguamente vivieron en la ciudad conocida actualmente como Puyo, que en kichwa significa “puyu” o niebla. El Puyo es la cuna multiétnica de siete nacionalidades indígenas: Kichwa, Shuar, Achuar, Zapara, Andoa, Waorani, Shiwiar. La población de la comuna está compuesta mayoritariamente por Kichwas; se componen por 39 comunidades, representadas a nivel provincial por un Consejo de Gobierno, integrado por 8 personas y a nivel comunitario, por un Consejo de Gobierno conformado por 7 integrantes, quienes lideran las familias y comparten lazos de consanguinidad, parentesco y afinidad.

San Jacinto del Pindo es la comuna kichwa más antigua, más poblada y extensa territorialmente de la provincia Pastaza; está reconocida por el Supremo Gobierno del Ecuador, en ese entonces bajo la presidencia del Dr. José María Velasco Ibarra y del director del Departamento de Tierras Baldías y Colonización, el Dr. Olmedo del Pozo. La escritura legal fue otorgada el 12 de marzo de 1947, quienes gestionaron el reconocimiento de la comuna en la legislación del Estado ecuatoriano fueron Severo Vargas y Camilo Santi, ambos representaron a los nativos fundadores de la ciudad de Puyo. Todos curacas e indígenas de la llamada Tribu de Indígenas de Puyo y con apoyo de la misión dominica, lograron la adjudicación de una superficie mayor a 20 000 Ha. Esta política de Estado en su intento de garantizar la posesión legal comunitaria del territorio kichwa ha sido insuficiente debido a las frecuentes pugnas de poder por la tierra que ha enfrentado el pueblo indígena amazónico con el mundo colono.

En el transcurso de los años, el pueblo ancestral kichwa ha vivido tensiones territoriales por actores inescrupulosos con el interés de la apropiación privada de la tierra frente a una comuna cuya propiedad es comunitaria, constituido por un gobierno comunitario, un territorio heredado por sus ancestros y con memoria histórica. Fueron varios los colonos que usurparon porciones de terrenos a través de engaños, actitudes discriminatorias, segregadoras y de presión. Empujaron a varias familias indígenas hacia el interior de la selva, relegadas de sus territorios. Entre las formas fraudulentas más comunes de apropiación de tierras sobresale la entrega de alcohol, arroz, azúcar, pan, sal como dádivas para efectuar el despojo y acaparamiento de amplias áreas de terreno o mediante la persuasión de venta de lotes a precios muy bajos. Otro mecanismo, fue la creación de ordenanzas municipales para la usurpación de tierras por autoridades y servidores públicos. De las constantes formas de apropiación territorial el tamaño de la comuna se redujo a 19 700 Ha.

El crecimiento urbano de Puyo, el interés de actores privados por terrenos, el auspicio legal e institucional del Estado (caso de ordenanza municipal), no solo implica la reducción de la comuna en términos de área, también influye en la adopción de economías dominantes relacionadas con el monocultivo y la explotación forestal. Las comunidades cuya actividad socioeconómica se basaba principalmente en la producción agrícola, ganadera y piscícola, migraron hacia modelos de producción extractiva como la tala de árboles. La expansión de la mancha urbana de Puyo, cabecera cantonal de la provincia y la parroquia Tarqui, avanza hacia el sur y se sobrepone al interior de los límites territoriales de la comuna. En una consultoría particular realizada por la comuna verificaron que la escritura madre reconoce ocho hitos limítrofes en la demarcación de la superficie total, revisado en documentos históricos del Archivo Nacional de Quito.

Sin embargo, el Gobierno Autónomo Descentralizado Municipal de Pastaza, el Ministerio de Agricultura y Ganadería (MAG) y la Subsecretaría de Tierras y Reforma Agraria, deslegitiman dos puntos ancestrales de referencia, ubicados al sur de la ciudad de Puyo. Se trata de los puntos 01 en el sector de Solamara Cocha, en la unión del río Pindo Chico y Pindo Grande y el punto 08, el brazo del Chinimbi en el río Pastaza, que abarca una superficie de 2000 Ha. Área denominada como la “franja roja” en conflicto de límites. De acuerdo a las declaraciones del presidente del Consejo de Gobierno de la Comuna Ancestral San Jacinto del Pindo Originario de la Tribu Indígena de Puyo, Milton Vargas, por 136 años existe una vulneración a los límites ancestrales del territorio. Entidades del Estado han ofertado terrenos de manera ilegal para la promoción de lotizaciones y urbanizaciones, que involucra a la Subsecretaría de Tierras, el Municipio de Pastaza, el Gobierno Parroquial Tarqui y el propio Ministerio de Agricultura y Ganadería. En la actualidad, dentro de la franja roja se encuentra la institución Transcomunidad; a la altura del Consejo Nacional Electoral, el Hospital de Puyo, La Pista y la parroquia Tarqui.

Dentro de los límites de la comuna se crearon barrios como El Dorado, El Recreo, Juan Montalvo, Plaza Aray y lotizaciones más recientes como Flor Marías, Nuevo Puyo, María Chonata y herederos, La Malaria, Salome, Empresa Eléctrica y Amurisac, entre otras. La fuerte presión urbana de Puyo ha desatado la depredación de la tierra con fines especulativos, que se materializan en lotizaciones y conjuntos de viviendas en la franja norte del territorio ancestral multiétnico. A su vez, desencadena conflictos e inseguridad jurídica por la propiedad de la tierra entre comuneros y los habitantes de las lotizaciones por la otorgación ilegal e ilegitimas sobre escrituras de la comuna. Este atropello al derecho territorial y los derechos humanos ha generado respuestas contestatarias en defensa del territorio indígena que, de manera colectiva, son lideradas por el Consejo de la Comuna del Gobierno Ancestral San Jacinto del Pindo Originario de la Tribu Indígena de Puyo. En el año 2023 se procedió con el cambio de denominación San Jacinto del Pindo de la tribu indígena de Puyo a la unificación del nombre en el registro de propiedad como Comuna Ancestral San Jacinto del Pindo Originario de la Tribu Indígena de Puyo.

El cambio respondió a una exigencia estatal para que puedan ejecutar proyectos municipales y provinciales, que antes eran obstruidos por la nominación como “Tribu indígena de Puyo”, y proceder a la actualización de la demarcación conforme la escritura madre de 1947. Del mismo modo, el Consejo de Gobierno de la comuna presentó una Acción de Protección, para precautelar la integridad territorial y frenar las continuas ocupaciones que impulsa la urbanización sobre su territorio ancestral. El viernes 06 de septiembre de 2024, se llevó a cabo un Diálogo Intercultural in situ. A su vez, solicitaron apoyo a instituciones de la sociedad civil para comparecer mediante un Amicus Curiae dentro de la acción de protección como establece el Artículo 12 de la Ley Orgánica de Garantías Jurisdiccionales y Control Constitucional – LOGJCC.

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Agradecimientos:

El Observatorio para la Urbanización Amazónica agradece a Milton Vargas, presidente del Consejo de Gobierno de la Comuna Ancestral San Jacinto del Pindo Originario de la Tribu Indígena de Puyo y a la Dirigenta Sonia Edith Tapuy Vargas por la entrevista y verificación de la información redactada en la presente nota. De igual manera, agradecemos a Manuel Bayón y Humberto Freire integrantes del Colectivo de Geografía Crítica de Ecuador por los comentarios y sugerencias consideradas en el contenido del escrito.

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